Nueva ley para el impulso del empleo y la inserción laboral de los jóvenes en Andalucía


Nueva ley para el impulso del empleo y la inserción laboral de los jóvenes en Andalucía


Con fecha 12 de enero de 2016 se publicaba en el BOJA la Ley 2/2015, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para favorecer la inserción laboral, la estabilidad en el empleo, el retorno del talento y el fomento del trabajo autónomo. Esta Ley pretende adaptar los Planes de Empleo aprobados en Andalucía a la modificación introducida recientemente en el programa de Garantía Juvenil en lo referente a la franja de edad, que amplía dicha edad hasta los 29 años. Así pues, la nueva Ley recoge todas las medidas y líneas de ayuda aprobadas en el Decreto-Ley 2/2015, de 3 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la inserción laboral, la estabilidad en el empleo, el retorno del talento y el fomento del trabajo autónomo, pero con algunas modificaciones. Se exponen aquí esas líneas de ayudas, con sus principales características, destacando las diferencias más significativas introducidas con respecto al anterior Decreto-Ley de 3 de marzo. 

Iniciativa de Cooperación Social y Comunitaria Emple@Joven y Emple@30+

*Descripción: Tiene por objeto promover la creación de empleo en Andalucía, fomentando la contratación de personas desempleadas por parte de los ayuntamientos. 
*Requisitos: Serán destinatarias las personas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas que reunan alguno de los siguientes requisitos: 
Tener una edad comprendida entre 18 y 29 años, ambos inclusive, y estar inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. 
Tener 30 o más años de edad. 
La selección se realizará entre las personas desempleadas residentes en el municipio de referencia, propuestas por el Servicio Andaluz de Empleo sobre la base de la adecuación al perfil solicitado para el puesto de trabajo ofertado, siguiendo un orden de prelación establecido. 

Aparece aquí, pues, la primera y principal modificación que introduce la Ley con respecto al Decreto-Ley: Para poder ser contratados, los jóvenes entre 18 y 29 años deberán estar inscritos en el fichero de Garantía Juvenil (mientras que antes sólo debían inscribirse en dicho fichero los jóvenes hasta la edad de 24 años). 

Becas para el desarrollo de prácticas profesionales en empresas
 
*Descripción: Tiene por objeto promover la inserción laboral de las personas jóvenes menores de 30 años mediante el desarrollo de experiencias profesionales no laborales. 
*Requisitos: Podrán ser beneficiarias las personas jóvenes andaluzas menores de 30 años, que estén en posesión de una titulación universitaria oficial, titulación de enseñanzas artísticas superiores, formación profesional inicial, enseñanzas artísticas, profesionales y enseñanzas deportivas. 
*Inscripción: Las personas jóvenes y las entidades asociadas interesadas en participar deben inscribirse en la plataforma habilitada para ello. No obstante, por ahora, esta iniciativa está cerrada porque se desarrolló mientras estaba vigente el Decreto-ley de 3 de marzo. 


Ayudas para la contratación de personas titulares del Bono de Empleo Joven 

*Descripción: Se concederá una ayuda económica a las personas o entidades que, cumpliendo los requisitos establecidos, formalicen un contrato laboral con una persona titular de un Bono de Empleo Joven. 
*Requisitos: Tendrán la condición de titulares de un Bono de Empleo Joven las personas, inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que en el momento de formalización del contrato para el que se solicita la ayuda tengan una edad comprendida entre los 18 y 29 años, ambos inclusive, y que estén en posesión de alguna de las siguientes titulaciones: 
Titulación universitaria oficial o titulación en enseñanzas artísticas superiores. 
Titulación de formación profesional inicial o bachiller, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas. 
Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. 

Nos encontramos en esta iniciativa con dos novedades: 
Por un lado, ahora, con la nueva Ley, para poder ser titular del Bono de Empleo Joven hay que inscribirse primero, sí o sí, en el fichero de Garantía Juvenil, para todas las edades entre 18 y 29 años (mientras que antes no era obligatorio, aunque sí muy recomendable para los menores de 25). 
Por otro lado, parece que ha desaparecido el requisito de que la finalización de los estudios correspondientes debía haberse producido dentro de los cinco años anteriores al último día del plazo de solicitud de la ayuda por parte de la empresa contratante. Es decir, con la nueva Ley, a priori, no se establece ninguna condición adicional sobre la titulación que debe poseerse. 


Iniciativa de Proyectos de Interés General y Social generadores de empleo 

*Descripción: Tiene como objeto incentivar la contratación, por parte de entidades sin ánimo de lucro privadas, de personas de 30 o más años de edad desempleadas. 
*Requisitos: Serán candidatas las personas de 30 o más años de edad inscritas como demandantes de empleo no ocupados. La selección se realizará entre las personas desempleadas residentes en la provincia en la que se ejecute la actuación, propuestas por el Servicio Andaluz de Empleo sobre la base de la adecuación al perfil solicitado para el puesto de trabajo ofertado, siguiendo un orden de prelación establecido. 


Incentivos a la contratación indefinida de jóvenes 

*Descripción: Tienen derecho a una ayuda las entidades beneficiarias que contraten de forma indefinida a las personas titulares de un Bono de Empleo Joven, tras la finalización del periodo correspondiente a los doce meses de la ayuda y las empresas asociadas inscritas en la iniciativa Prácticas Profesionales en empresas, que contraten con carácter indefinido a las personas jóvenes beneficiarias. 



Una novedad que afecta a todas las iniciativas descritas hasta ahora es que, en el anterior Decreto-Ley de 3 de marzo, se fijaba como condición que la participación en alguna de ellas suponía la renuncia expresa a cualquier otra. Además, no podían participar en ninguna de ellas quienes hubiesen recibido una beca, o formalizado un contrato de trabajo de duración igual o superior a tres meses, en el caso de jornada completa, o igual o superior a seis meses en el caso de jornada a tiempo parcial, en el marco de los programas Emple@Joven o Emple@30+. Pues bien, esta condición no existe en la nueva Ley. Aparentemente, aunque ya se haya participado en estos programas, se puede volver a acceder a ellos. 

Incentivos a la contratación indefinida de personas mayores de 45 años
 
*Descripción: Tiene por objeto incentivar la contratación indefinida de personas desempleadas de larga duración de 45 o más años de edad que se lleven a cabo por parte de empresas ubicadas en Andalucía. La ayuda consistirá en un incentivo a tanto alzado de 6.000 € por cada contrato laboral formalizado o 7.500 € si el contrato es con una persona con discapacidad. 


Incentivos al retorno del talento 

*Descripción: El programa contempla dos tipos de ayudas: 
Incentivos a la contratación dirigidos a empresas que contraten a personas andaluzas que se encuentren residiendo y trabajando en el extranjero. 
Ayuda asociada al traslado de residencia de las personas contratadas para favorecer su retorno y establecimiento en Andalucía, vinculada a la concesión de la ayuda anterior. 


Programa de fomento y consolidación del trabajo autónomo 

*Descripción: se estructura en las siguientes líneas de actuación: 
Fomento del trabajo autónomo: Tiene por objeto crear empleo impulsando la puesta en marcha de unidades económicas de trabajo autónomo, mediante subvenciones para el inicio de la actividad. 
Promoción del trabajo autónomo: Tiene por objeto favorecer el mantenimiento y la consolidación del empleo autónomo, a través de elaboración de proyectos integrados de orientación, asesoramiento y tutorización de personas trabajadoras ya constituidas. 
*Inscripción: Este programa se desarrolló mientras estaba vigente el Decreto-ley de 3 de marzo. Actualmente el plazo de inscripción está cerrado. 



Se puede descargar la Ley 2/2015, de 29 de diciembre en este enlace.




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